Auto Supremo AS/0853/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0853/2018

Fecha: 05-Sep-2018

III.2. De la valoración de la prueba

Port otro lado el actual Código de las Familias y del Proceso Familiar Ley 603 en su art. 190.I y II refiere: “I. Los bienes se presumen comunes, salvo que se pruebe que son propios de la o el cónyuge. II. El reconocimiento que haga uno de los cónyuges en favor de la o del otro sobre el carácter propio de ciertos bienes surte efecto solamente entre ellos, sin afectar a terceros interesados”.
III.2. De la valoración de la prueba