Auto Supremo AS/0871/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0871/2018

Fecha: 05-Sep-2018

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1. Respecto a la confesión espontánea, los recurrentes no precisan en que parte del proceso se encuentra dicha confesión, limitándose a aseverar que omitió valorarse dicha prueba, cuando era su obligación citar textualmente dicha confesión o en su caso precisar con exactitud el lugar donde se encuentra dicha prueba, de modo que dicha imprecisión al tenor del artículo 274. I núm. 3 del Código Procesal Civil, impide atender dicho reclamo