Identificando como normas violadas, inobservadas o erróneamente aplicadas, los arts
Identificando como normas violadas, inobservadas o erróneamente aplicadas, los arts. 335 del CP, 124, 370 incs. 1) y 5) del CPP, 115, 116, 119 y 180 de la CPE, refiere que el Tribunal de Sentencia, no explicó cuáles fueron las pruebas que lo llevaron a la convicción sobre su culpabilidad, que no existe una correcta fundamentación para establecer la existencia del hecho, su participación, grado de autoría y el dolo, toda vez que la afirmación de la falta de constancia de la provisión de productos lácteos, sería contraria a la declaración del acusado y de la testigo Santusa Vargas Ticona. Aspecto que no habría sido transcrito ni valorado en vulneración de sus derechos constitucionales. Al respecto invoca como precedente el Auto Supremo 241/2005 de 1 de agosto, señalando que la contradicción radica en que la Sentencia y el Auto de Vista impugnado, no consideraron que los indicios o simples presunciones, son insuficientes para la configuración del tipo penal de Estafa
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Identificando como normas inobservadas e inaplicadas los arts
- Identificando como normas violadas, inobservadas o erróneamente aplicadas, los arts
- Hace referencia a la aplicación del principio de inocencia y el Indubio Pro Reo, siendo
- En cuanto al quantum de la pena, refiere que se aplicó erróneamente los arts
- Finalmente señala que la motivación de la Sentencia viola los arts
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos, se establece que el día 13 de julio de 2018,
- En el segundo motivo, identifica como normas erróneamente aplicadas los arts
- Respecto al tercer motivo, hace referencia al agravio que planteó en apelación restringida, refiriéndose que
- En cuanto a los motivos cuarto, quinto y sexto, se limitó al igual que en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
