Auto Supremo AS/0891/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0891/2018

Fecha: 05-Sep-2018

El incumplimiento de las obligaciones o prestaciones no configura de ninguna manera una causa de

El incumplimiento de las obligaciones o prestaciones no configura de ninguna manera una causa de nulidad que afecte a la estructura del acto, como erradamente lo entendió el Tribunal de alzada, toda vez que el incumplimiento de la obligación debida es siempre sobreviniente y no simultánea a la celebración del acto”. (Los resaltados nos pertenecen)