Auto Supremo AS/0006/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2019

Fecha: 29-Ene-2019

Sin embargo, a efectos de responder al recurrente sobre este punto, se tiene que en

Sin embargo, a efectos de responder al recurrente sobre este punto, se tiene que en el último considerando la Sala Social Administrativa Primera del Tribunal Departamental del Justicia de La Paz dio, cumplimiento a los requisitos establecidos por ley para la emisión del Auto de Vista ahora recurrido, ya que contiene fundamentación y motivación respecto a la valoración probatoria de las declaraciones testificales de descargo de fs. 150 a 164, en relación a la prueba cursante a fs. 118, donde se admite la relación laboral con el demandante desde el mes de octubre de 2004 al 30 de junio de 2013, corroborado por certificados de trabajo expedidos por la propia empresa recurrente de fechas 28 de octubre de 2010 y de 26 de diciembre de 2012, cursantes de fs. 102 a 103 y que certifican su calidad de trabajador y que no fue enervado en el transcurso del proceso mediante prueba idónea que permita sostener lo contrario. De igual modo la documental de fs. 113 al margen de ser un documento aislado que no cuenta ni con aprobación ni conformidad de las partes, no creó convicción en el juzgador de los datos contenidos en éste documento, siendo sólo referenciales, que contrastadas con las otras pruebas, primaron aquellas. En tal sentido, no se evidencia incongruencia ni violación de normativa alguna o vicio de nulidad sobre este punto del fallo recurrido