I.2.3Recurso de casación de Gionina Magdalena Viera Paz
El recurrente denuncia que tanto la Sentencia como el Auto de Vista realizaron una copia de la acusación requerida por el Ministerio Público, situación que en el caso del Tribunal de apelación, se limita a la sola afirmación de una correcta valoración probatoria. Añade que en todo el proceso no se demostró la existencia de elementos que lo vinculen con los delitos condenados, y que sobre tal afirmación el Auto de Vista omitió “de manera intencional el in dubio pro reo” (sic), aspectos que en suma, desde el planteamiento del recurso, violentan el debido proceso y el principio de igualdad de las partes previsto en el art. 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.2.2Recurso de casación de Mariely Álvarez Ortiz.
Reclama lesión al debido proceso, en su vertiente de acceso a la justicia, legalidad, tutela judicial efectiva, congruencia y fundamentación, calificando la argumentación del Auto de Vista impugnado como “lisa” y “genérica”, agregando que los miembros del Tribunal de apelación “no han dado respuesta a lo cuestionado, se limitaron a realizar una mera fundamentación carente de la debida motivación” (sic), concluyendo que tal proceder vulneró los arts. 124 y 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP), porque se incurrió en el vicio de incongruencia.
I.2.3Recurso de casación de Gionina Magdalena Viera Paz
- Por memoriales presentados el 15 y 20 de febrero y el 27 de abril de
- En conocimiento de los citados recursos esta Sala pronunció el Auto Supremo 624/2018-RA de 7
- I.2.3Recurso de casación de Gionina Magdalena Viera Paz
- De igual forma, aduce que el Auto de Vista no dio respuesta fundada a cada
- Antes de analizar las problemáticas descritas, habida cuenta que ellas guardan aspectos comunes en sus
- II.1.1Deber de fundamentación de las resoluciones judiciales: Finalidades lineamientos indicativos y jurisprudencia consolidada
- Tomando como punto de partida el Diccionario de la lengua española de la RAE, argumentación
- Se ha repetido hasta lo extenuante que la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- La Sala de igual manera halla convencimiento, en que la fundamentación y motivación de las
- Así las cosas, surge necesario sentar que el derecho a una resolución justa que ponga
- “…la motivación responde también a otros fines, ya que podrán los interesados conocer las razones
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- “…la autoridad jurisdiccional dictar[á] sus resoluciones debidamente motivadas, guardando coherencia entre la parte considerativa y
- Ahora bien la debida fundamentación es un ejercicio argumentativo que desarrolla de forma sistemática los
- La Sala manifiesta que la comprobación de la ausencia de motivación está estrechamente ligada a
- Bajo el rótulo de “Lesión al debido proceso, en sus vertientes legalidad y Derecho a
- En conocimiento de dicha apelación restringida la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
- II.3 Recurso de casación de Luís Alberto Ortiz Vargas
- El recurrente plantea que tanto la Sentencia como el Auto de Vista impugnado realizan una
- El Auto de Supremo 624/2018-RA de 7 de agosto, consideró como patrón de análisis de
- Ya en materia
- En audiencia de fundamentación oral complementaria (constancia en acta de fs
- El Auto de Vista 290 de 15 de diciembre de 2017, brindó la siguiente respuesta:
- Como ya se dijo, la cuestión principal en el recurso promovido por el señor Ortiz
- La Sala considera, que superando cualesquier entendimiento sobre formalidades procesales, de lo expuesto por el
- Enfatizar que en el andamiaje del proceso penal, se prueba la existencia o no de
- II.4. Recurso de casación de Gionina Magdalena Viera Paz
- Aduce vulneración al debido proceso por violación de los principios de seguridad jurídica, legalidad y
- El Tribunal de apelación, en consideración a la apelación restringida opuesta por, la imputada Viera
- La evaluación del Auto de Vista 290 de 15 de diciembre de 2017, en consideración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Maritza Oro Condori
