Auto Supremo AS/0025/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0025/2019

Fecha: 25-Ene-2019

Alex Jorge Sanchez Iraizos, en representación legal del GAM-CBJ interpone recurso de casación en el

Auto de Vista.-
Interpuesto el recurso de apelación por el GAM-CBJ representado por Alex Jorge Sanchez Iraizos (fs. 59 a 60), la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescencia y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, pronuncia el Auto de Vista Nº 342/17 de 1 de agosto de 2017, de fs. 69 a 70 vta., que confirma la Sentencia Nº 248 017 de 1 de junio de 2017.
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN Y PETITORIO
Alex Jorge Sanchez Iraizos, en representación legal del GAM-CBJ interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista 342/17 de 1 de agosto de 2017, por considerar que contiene incorrecta aplicación de otras disposiciones como la Ley Nº 321 y el Decreto Supremo (DS) Nº 110 de 1 de mayo de 2009, que no rigen la vida institucional del GAM-CBJ y omitió la aplicación de la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamental (SAFCO), Ley Nº 2027 Estatuto del Funcionario Público (EFP) y Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo (LPA), incurriendo en violación de los arts. 108 y 119 de la Constitución Policita del Estado (CPE), bajo los siguientes argumentos:
1.- Existe vulneración al art. 108 de la CPE, porque uno de los deberes fundamentales de toda autoridad jurisdiccional es velar por los intereses del Estado y la sociedad; en el presente caso no se vela por los intereses del Estado; se debe respetar las leyes que rigen la vida institucional del GAM-CBJ y aplicar normas de la administración pública como la Ley Nº 1178, Ley Nº 2027, Ley Nº 2341 y demás normas a las que se sometió el demandante al trabajar en dicha institución pública mediante un contrato eventual por un corto lapso de tiempo