Auto Supremo AS/0025/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0025/2019

Fecha: 25-Ene-2019

Resulta necesario reiterar que la interpretación de las normas en materia social debe hacérsela

Resulta necesario reiterar que la interpretación de las normas en materia social debe hacérsela partiendo del principio de inversión de la carga de la prueba, por cuanto en el presente caso, la parte demandada no desvirtuó con prueba fehaciente la pretensión de la demanda, respecto al pago de indemnización, desahucio y vacación, sin que el justificativo de la institución demandada para no pagar los mismos sea el incumplimiento del art. 5 de la Ley N° 2042, por el hecho de no estar previsto en su presupuesto aprobado para la gestión o que no se cuente con planilla presupuestaria destinada a éste tipo de pago a ex trabajadores, por cuanto ya se determinó la aplicación de la Ley 321 y los derechos laborales bajo ningún concepto pueden estar supeditados a una situación del empleador netamente administrativa