Sobre el recurso de casación es pertinente señalar que conforme instituye el art
Sobre el recurso de casación es pertinente señalar que conforme instituye el art. 271 del Código Procesal Civil (CPC), aplicable al caso presente, por la permisión de los art. 214 y 297 del Código Tributario (CT), Ley Nº 1340, es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una resolución judicial, en la que se ha incurrido en violación, aplicación indebida o interpretación errónea de la ley, o que fue emitida en mérito a un procedimiento que no cumplió las solemnidades legales; es decir, en el recurso se debe denunciar que se incurrió en un error in iudicando, cuando se refiere al fondo del asunto, o bien, en un error in procedendo, cuando se refiere a la forma del proceso respectivamente
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Tramitado el proceso contencioso tributario seguido por Luis Fernando Vidal Arenas contra la Gerencia Regional
- En mérito al recurso de apelación interpuesto por el demandante (fs
- El demandante Luis Fernando Vidal Arenas, interpuso, en los hechos, recurso de casación en
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
- Sobre el recurso de casación es pertinente señalar que conforme instituye el art
- En este entendido, la jurisprudencia asumida por este Tribunal, sobre las causales y requisitos de
- Como característica esencial de este recurso podemos establecer que no se trata de una tercera
- Del examen del recurso de casación en la forma, el Auto de Vista recurrido y
- Asimismo, el Tribunal de segunda instancia, en la resolución de los recursos de apelación, se
- Consiguientemente y en mérito a los argumentos del recurso de casación de fs
- No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs
- Se recomienda al Tribunal de alzada mayor atención en cuanto la consideración de las apelaciones
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
