En base a la normativa procesal citada, corresponde tener presente que el art
Identificados de manera clara y precisa los reclamos del recurso de casación en el fondo que se resuelve, corresponde precisar a los fines de resolución que el art. 154 del CPT dispone: “No requieren prueba los hechos afirmados por una parte y admitidos o reconocidos por la contraria, respecto a los cuales la ley no exija prueba específica; los hechos notorios, los que estén amparados por una presunción de derecho y el derecho escrito que rigen en la Nación”. A su vez el art. 167 del mismo cuerpo legal que refiere: “La confesión en materia laboral es expresa y divisible y el hecho admitido en ella no requiere más pruebas”.
En base a la normativa procesal citada, corresponde tener presente que el art. 39 del DS N° 24051 de 29 de junio de 1995 establece que: “Los plazos para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del impuesto, cuando corresponda, vencerán a los ciento veinte (120) días posteriores al cierre de la gestión fiscal, ya sea que deban presentarse con o sin dictamen de auditores externos. A partir de la gestión 1995 inclusive, se establecen las siguientes fechas de cierre de gestión según el tipo de actividad: - 31 de marzo: Empresas industriales y petroleras….”
En base a la normativa procesal citada, corresponde tener presente que el art. 39 del DS N° 24051 de 29 de junio de 1995 establece que: “Los plazos para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del impuesto, cuando corresponda, vencerán a los ciento veinte (120) días posteriores al cierre de la gestión fiscal, ya sea que deban presentarse con o sin dictamen de auditores externos. A partir de la gestión 1995 inclusive, se establecen las siguientes fechas de cierre de gestión según el tipo de actividad: - 31 de marzo: Empresas industriales y petroleras….”
- DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Tramitado el proceso laboral por el reintegro de beneficios sociales, seguido por Abel Tórrez Morales,
- Auto de Vista
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, Leonardo Jorge Leigue Urenda en representación legal de
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, se tienen los siguientes argumentos
- 2
- 3
- A su vez se acusa la errada aplicación del art
- 4
- Los demás argumentos de este punto son reiterativos, pues el recurrente nuevamente procede a hacer
- 5
- El recurso de casación interpuesto, no fue contestado por la parte demandante
- Del principio indubio pro operario
- El principio de protección, es considerado como un principio básico y fundamental del derecho del
- Este principio de interpretación normativa, el cual fuera desarrollado por la doctrina; tiene su antecedente
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- Del extenso memorial de recurso de casación, este Tribunal de Casación identifica de acuerdo a
- En base a la normativa procesal citada, corresponde tener presente que el art
- En el caso de análisis, debemos partir determinando que esta forma de computar y cerrar
- En ese sentido, es importante destacar que conforme señala el art
- No obstante, de ello, y pese a que la pretensión del actor en relación al
- En relación al pago de la prima por utilidades, correspondiente al mes de abril
- Para finalizar en relación a la multa del 30% que establece el art
- En el caso de autos, a fs
- Bajo estos parámetros se concluye que al ser de manera parcial evidentes las infracciones denunciadas
- Sin costas y costos
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
