Auto Supremo AS/0537/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0537/2019

Fecha: 08-Oct-2019

El recurrente acusa la errónea interpretación de la prescripción, porque considera que el Tribunal Ad

Bajo este marco, revisado el recurso de casación presentado por la Gerencia Distrital Cochabamba del SIN, se advierte que establece de forma clara y precisa que interpuso sólo recurso de casación en el fondo, solicitando congruentemente en su memorial que se case al Auto de Vista impugnado, por lo que se procederá a verificar las denuncias de violación, errónea interpretación o indebida aplicación de normas sustantivas que configuren el “error in judicando” como elemento esencial de la casación en el fondo.
III.1. De la errónea interpretación de la prescripción
El recurrente acusa la errónea interpretación de la prescripción, porque considera que el Tribunal Ad quem debió aplicar los arts. 59 y 60 de la Ley N° 2492, CTb, con las modificaciones realizadas por las Leyes N° 291 y Nº 317, que establecen que el término de prescripción en la gestión 2015 es de 7 años, encontrándose en consecuencia vigentes las facultades de la Administración Tributaria (AT) de verificar y determinar al 23 de junio de 2015, cuando fue notificada la Resolución Determinativa N° 17-00646-15