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    Auto Supremo AS/0567/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0567/2019

    Fecha: 08-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • El Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº
    • La demandante, solicitó aclaración, complementación y enmienda, a fs
    • Auto de Vista
    • Notificado con el Auto de Vista, la actora formuló recurso de casación en el fondo,
    • Se inició la relación laboral el 26 de enero de 2011, culminando el 31 de
    • La carta de renuncia, no pudo ser entregada por su persona, porque estaba hospitalizada, del
    • Se vulneró el art
    • Petitorio
    • Solicita que se case el Auto de Vista recurrido; y deliberando en el fondo se
    • Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
    • Existen disposiciones legales que regulan el establecimiento de contratos laborales sea este a plazo fijo
    • En ese sentido, se entendería que cuando en los contratos a plazo fijo, con una
    • El art
    • La jurisprudencia constitucional, la SCP 134/2014 de 10 de enero, analiza la aplicación del art
    • c) Si bien la RM 193/72 de 15 de mayo de 1972, establecía que los
    • 3) Si el contrato a plazo fijo fue renovado en más de dos ocasiones, conforme
    • 3) Cuando sean suscritos para el cumplimiento de tareas propias y permanentes de la empresa”
    • En autos, no se hizo ningún análisis, respecto de la primera prohibición, que dispone: “No
    • Una tercera prohibición, está determinada en el art
    • Una vez terminado el tiempo estipulado en el contrato, no existe duda de que la
    • La estabilidad laboral como derecho, garantiza que el empleador no pueda retirar a un trabajador
    • En el caso presente, existe una carta de renuncia de la actora, a fs
    • Demostrándose, con esta documentación que la actora, no tenía la voluntad de dejar su fuente
    • Dentro del principio protector, se encuentra la “condición más beneficiosa” para el trabajador, debiendo ser
    • Conforme a lo desarrollado, se evidencia que la actora gozaba de inamovilidad laboral, no solo
    • Por otra lado, si bien se elabora por la parte empleadora un finiquito (fs
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • En consecuencia, se declara PROBADA la demanda de reincorporación presentada; disponiendo la reincorporación de la
    • Se cancele los sueldos devengados correspondientes a favor de la actora desde su retiro hasta
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase.-

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