Se inició la relación laboral el 26 de enero de 2011, culminando el 31 de
Se inició la relación laboral el 26 de enero de 2011, culminando el 31 de mayo del mismo año; debido a que el 21 de abril de ese año, bajo presión e intimidación se le hizo firmar una carta de renuncia; en tal circunstancia, presentó denuncia ante el Ministerio del Trabajo, vía electrónica el 18 de mayo de 2001, como se ve en el documento de fs. 8; demostrándose que no tenía voluntad de renunciar, sino fue una presión de la parte empleadora, como una condición para poder continuar la relación
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº
- La demandante, solicitó aclaración, complementación y enmienda, a fs
- Auto de Vista
- Notificado con el Auto de Vista, la actora formuló recurso de casación en el fondo,
- Se inició la relación laboral el 26 de enero de 2011, culminando el 31 de
- La carta de renuncia, no pudo ser entregada por su persona, porque estaba hospitalizada, del
- Se vulneró el art
- Petitorio
- Solicita que se case el Auto de Vista recurrido; y deliberando en el fondo se
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- Existen disposiciones legales que regulan el establecimiento de contratos laborales sea este a plazo fijo
- En ese sentido, se entendería que cuando en los contratos a plazo fijo, con una
- El art
- La jurisprudencia constitucional, la SCP 134/2014 de 10 de enero, analiza la aplicación del art
- c) Si bien la RM 193/72 de 15 de mayo de 1972, establecía que los
- 3) Si el contrato a plazo fijo fue renovado en más de dos ocasiones, conforme
- 3) Cuando sean suscritos para el cumplimiento de tareas propias y permanentes de la empresa”
- En autos, no se hizo ningún análisis, respecto de la primera prohibición, que dispone: “No
- Una tercera prohibición, está determinada en el art
- Una vez terminado el tiempo estipulado en el contrato, no existe duda de que la
- La estabilidad laboral como derecho, garantiza que el empleador no pueda retirar a un trabajador
- En el caso presente, existe una carta de renuncia de la actora, a fs
- Demostrándose, con esta documentación que la actora, no tenía la voluntad de dejar su fuente
- Dentro del principio protector, se encuentra la “condición más beneficiosa” para el trabajador, debiendo ser
- Conforme a lo desarrollado, se evidencia que la actora gozaba de inamovilidad laboral, no solo
- Por otra lado, si bien se elabora por la parte empleadora un finiquito (fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- En consecuencia, se declara PROBADA la demanda de reincorporación presentada; disponiendo la reincorporación de la
- Se cancele los sueldos devengados correspondientes a favor de la actora desde su retiro hasta
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
