Se vulneró el art
Se vulneró el art. 1 de la Ley Nº 975 de 2 de marzo de 1988, respecto a la inamovilidad laboral de la mujer embarazada, como los derechos de la mujer con relación a la maternidad que rigen en la Constitución, en sus arts. 45-V y 48-VI; así también el art. 5 parágrafo I del D.S. Nº 12 de 19 de febrero de 2009, que prevé la inamovilidad de la madre o padre progenitor, sea cual sea su estado civil, hasta que el hijo o hija cumpla un año de edad; y si bien, en el parágrafo II, se determina que la inamovilidad laboral no se aplica en contratos de trabajo que por su naturaleza sean eventuales o temporales, en el caso operó la tácita reconducción al darse continuidad a la relación laboral después de la culminación del contrato de trabajo a plazo fijo; vulnerándose por los de instancia los principios de protección para el trabajador y la mujer en estado de gestación que prevé la legislación nacional, como la irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores prevista constitucionalmente
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº
- La demandante, solicitó aclaración, complementación y enmienda, a fs
- Auto de Vista
- Notificado con el Auto de Vista, la actora formuló recurso de casación en el fondo,
- Se inició la relación laboral el 26 de enero de 2011, culminando el 31 de
- La carta de renuncia, no pudo ser entregada por su persona, porque estaba hospitalizada, del
- Se vulneró el art
- Petitorio
- Solicita que se case el Auto de Vista recurrido; y deliberando en el fondo se
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- Existen disposiciones legales que regulan el establecimiento de contratos laborales sea este a plazo fijo
- En ese sentido, se entendería que cuando en los contratos a plazo fijo, con una
- El art
- La jurisprudencia constitucional, la SCP 134/2014 de 10 de enero, analiza la aplicación del art
- c) Si bien la RM 193/72 de 15 de mayo de 1972, establecía que los
- 3) Si el contrato a plazo fijo fue renovado en más de dos ocasiones, conforme
- 3) Cuando sean suscritos para el cumplimiento de tareas propias y permanentes de la empresa”
- En autos, no se hizo ningún análisis, respecto de la primera prohibición, que dispone: “No
- Una tercera prohibición, está determinada en el art
- Una vez terminado el tiempo estipulado en el contrato, no existe duda de que la
- La estabilidad laboral como derecho, garantiza que el empleador no pueda retirar a un trabajador
- En el caso presente, existe una carta de renuncia de la actora, a fs
- Demostrándose, con esta documentación que la actora, no tenía la voluntad de dejar su fuente
- Dentro del principio protector, se encuentra la “condición más beneficiosa” para el trabajador, debiendo ser
- Conforme a lo desarrollado, se evidencia que la actora gozaba de inamovilidad laboral, no solo
- Por otra lado, si bien se elabora por la parte empleadora un finiquito (fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- En consecuencia, se declara PROBADA la demanda de reincorporación presentada; disponiendo la reincorporación de la
- Se cancele los sueldos devengados correspondientes a favor de la actora desde su retiro hasta
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
