Auto Supremo AS/0577/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0577/2019

Fecha: 08-Oct-2019

POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de

Por lo precedentemente señalado, no resulta evidente la vulneración del debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, como se acusó en el recurso de casación en la forma de fs. 354 a 358 vta., correspondiendo, en consecuencia, aplicar el art. 220.II del Código Procesal Civil, con la facultad remisiva prevista en los arts. 214 y 297 de la Ley 1340 de 28 de mayo de 1992, Procedimiento Contencioso Tributario, vigente en virtud a SC N° 76/2004 de 16 de julio de 2004.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el numeral 1 del art. 184 de la Constitución Política del Estado y por el numeral 1 del parágrafo I del art. 42, de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma de fs. 354 a 358 vta., sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178