Auto Supremo AS/0607/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0607/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Como antecedente, la empresa recurrente aclara lo siguiente: refiere que la empresa INBOPACK se trabaja

Como antecedente, la empresa recurrente aclara lo siguiente: refiere que la empresa INBOPACK se trabaja en turnos de la mañana de horas 5:00 a 1:00 y que corresponde al primer turno y en la tarde de 1:00 a 9:00 que corresponde al segundo turno y que cada turno está a cargo de un ingeniero por el encendido de máquinas, al trabajarse en cadena, siendo el profesional ingeniero el que controla el ingreso de personal y ningún empleado puede trabajar sino está el jefe de producción quien está a cargo de la misma empresa