En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada se evidencia que no incurrió en
Por lo antes referido, se tiene que existe error o falta de técnica jurídica por parte del recurrente, ya que no cumple con lo establecido en el art. 274, parágrafo I, numeral 3 de la Ley 439; de lo que se advierte que, este Supremo Tribunal de Justicia, no puede ingresar a resolver en el fondo, por falta de fundamentación.
En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada se evidencia que no incurrió en trasgresión, violación o errónea aplicación de normas, ni en la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley al confirmar la sentencia de primera instancia, correspondiendo, en consecuencia, aplicar el parágrafo II del artículo 220 del Código Procesal Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada se evidencia que no incurrió en trasgresión, violación o errónea aplicación de normas, ni en la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley al confirmar la sentencia de primera instancia, correspondiendo, en consecuencia, aplicar el parágrafo II del artículo 220 del Código Procesal Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo
- I.2.- Auto de Vista
- Deducido recurso de apelación por la parte demandante, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa
- I.3.- RECURSO DE CASACION EN EL FONDO Y EN LA FORMA
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de
- Por lo que se entiende que el ad quem, no valoró la prueba de fs
- 2
- Concluye su memorial solicitando ANULE el auto de vista impugnado
- I.5.- CONTESTACION AL RECURSO
- Corrido en traslado el recurso de casación en el fondo y en la forma, la
- Por todo lo manifestado solicita al Tribunal Supremo de Justicia, declare infundado el recurso interpuesto
- Fundamentos jurídicos del fallo
- Los arts
- Para tal efecto, el tribunal que conocerá un recurso de casación, sea en la forma
- De la lectura y análisis del recurso de casación, se tiene
- Como se puede advertir, el recurrente se limita a hacer una fundamentación en lo que
- Arts
- Respecto a los arts
- Normativa cuya infracción no ha establecido el recurrente
- Como se tiene indicado en el acápite anterior, el recurrente, se limita a indicar su
- De lo que se establece que no existe infracción alguna en la que haya incurrido
- En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada se evidencia que no incurrió en
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
