Auto Supremo AS/0675/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0675/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Denunció que tanto el tribunal ad quem, al pronunciar el auto de vista recurrido y

Denunció que tanto el tribunal ad quem, al pronunciar el auto de vista recurrido y el complementario, violan los arts. 48.I-II de la CPE y 4 del DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006, incurriendo en evidente contradicción y falsedad, al haber establecido que, el hecho de haber sido transferida al cargo que anteriormente ostentaba, no puede reputarse como despido indirecto, para reconocer el pago del desahucio, como determinó la juez a quo. Si bien es cierto, que su calidad de funcionario interina en el Cargo de Directora de Interacción Social y Extensión Universitaria, no ha sido la controversia entre las partes, lo que no es cierto es el hecho de haber sido transferida al cargo que anteriormente ostentaba, no podría reputarse como despido indirecto, cuando es fácil darse cuenta, que el 29 de junio de 2011, cuando fue designada como Jefe de División de Bienestar Universitario, con el Nivel 03M, como corrobora el criterio jurídico, emitido por la Asesora Legal de la universidad en la Nota. N° 536 de 1 de octubre de 2015 de fs. 197, que extrañamente no fue tomado en cuenta por el tribunal de alzada