I. 1. Antecedentes del proceso
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 675/2019
Sucre, 22 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 452/2018
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 441 a 445, interpuesto por Lucinda Soto, contra el Auto de Vista Nº 502/2018 de 30 de agosto, cursante de fs. 427 a 429, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Chuquisaca, dentro del proceso laboral seguido por la recurrente, contra la Universidad Mayor, Real y Pontificia San Francisco Javier de Chuquisaca, la respuesta de fs. 448 a 449 vta., el Auto de fs. 450 vta., que concedió el recurso, el Auto Nº 467/2018-A de 30 de octubre de fs. 457 y vta. que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 675/2019
Sucre, 22 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 452/2018
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 441 a 445, interpuesto por Lucinda Soto, contra el Auto de Vista Nº 502/2018 de 30 de agosto, cursante de fs. 427 a 429, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Chuquisaca, dentro del proceso laboral seguido por la recurrente, contra la Universidad Mayor, Real y Pontificia San Francisco Javier de Chuquisaca, la respuesta de fs. 448 a 449 vta., el Auto de fs. 450 vta., que concedió el recurso, el Auto Nº 467/2018-A de 30 de octubre de fs. 457 y vta. que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
- I. 1. Antecedentes del proceso
- I.1.1 Sentencia
- I.1.2 Auto de Vista
- I.2 Motivos del recurso de casación
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Que, el 31 de enero de 2017, envió una nota al Rector, donde la manifiesta
- Sostuvo que le extraña que, en el auto de vista impugnado, revoque parcialmente la sentencia
- Siendo evidente, que al emitirse el auto de vista impugnado y el auto complementario, el
- Denunció que tanto el tribunal ad quem, al pronunciar el auto de vista recurrido y
- También sostuvo que cuando fue transferida a la Oficina de Servicios, con esa determinación y
- I.2.1 Petitorio
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido y
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso objeto de análisis, el tema se circunscribe en dilucidar si corresponde reconocer
- Al respecto, es preciso manifestar que el artículo 2 del Decreto Supremo de 9 de
- Ahora bien, de un análisis adecuado de la primera parte de dicha norma se colige
- En el caso de autos, de antecedentes procesales se evidencia que la actora, a tiempo
- Como consecuencia de esta determinación, la actora, mediante carta de 31 de enero de 2017,
- A mayor abundamiento, conforme expresa la amplia jurisprudencia, el despido indirecto, se produce por alteración
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
