Auto Supremo AS/0694/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0694/2019

Fecha: 22-Oct-2019

En ese sentido, el Estado devuelve a los exportadores un monto igual al IVA pagado

Con relación a la violación e interpretación errónea de las leyes tributarias, sobre la correcta determinación de reparos respecto de la documentación de respaldo de los CEDEIMS no vinculado a la actividad minera, y la incorrecta e ilegal fundamento de la Sentencia, confundiendo obligaciones de carácter social con gastos susceptibles de devolución impositiva. Al respecto, se debe dejar claramente establecido que la legislación nacional en los arts. 11 de la Ley 843, 8 del DS 21530, 12 y 13 de la Ley 1489 modificados por los arts. 1 y 2 de la Ley 1963, establece el tratamiento tributario de las exportaciones con el objetivo de evitar la exportación de componentes impositivos.
En ese sentido, el Estado devuelve a los exportadores un monto igual al IVA pagado e incorporado en los costos y gastos vinculados con la actividad de exportación. Para tal efecto, los exportadores en caso que el crédito fiscal imputable contra operaciones de exportación, no pudieran compensar ese crédito con operaciones gravadas en el mercado interno, el saldo a favor resultante, es reintegrado al exportador en forma automática e inmediata, a través de los CEDEIM`s. Asimismo, en aplicación del principio de neutralidad impositiva, una vez efectuada la exportación, se devuelve al exportador el crédito fiscal del IVA contenido en los costos y gastos realizados por importaciones definitivas y/o compras en el mercado, de bienes de capital, activos fijos, contratos de obra o prestación de servicios, siempre que estén vinculados a la actividad exportadora, por cuanto es un principio de carácter tributario, cuya finalidad es garantizar la competitividad de las exportaciones a través de la devolución del reintegro de impuestos internos y de aranceles pagados por la compra de bienes de capital, activos, insumos, servicios y otros gastos necesarios para la producción de mercancías de exportación