Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0694/2019
Fecha: 22-Oct-2019
I.2. Auto de Vista
I.2. Auto de Vista
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I.1.Antecedentes del proceso
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La Jueza Primero en Materia Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de
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Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia Nº 23/2005 de 30 de julio, cursante
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I.2. Auto de Vista
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Dentro el plazo previsto por ley, la Empresa SINCHIY WAYRA S
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Posteriormente, contra el citado AS Nº 825, el representante legal de la empresa demandante, interpuso
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I.3 Motivos del recurso de casación
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I.3.1. En la forma
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Expresó que el auto de vista incumple los requisitos establecidos en el art
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Acusó de insuficiencia de fundamentación del auto de vista recurrido, ya que omite pronunciarse en
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Manifestó que el Auto de Vista recurrido en el análisis del fondo al reparo del
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Alegó que la resolución recurrida reitera los incorrectos e ilegales fundamentos de la sentencia, confundiendo
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Adujo que el reparo por pulpería, los montos por este concepto se recuperan a través
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I.3.2. Contestación al recurso de casación
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SINCHI WAYRA S
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Concluye el escrito de contestación solicitando que este Tribunal Supremo declare infundado o, en su
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II.1.1. Consideraciones previas
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A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
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II.1.2. Argumentos de derecho y de hecho
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Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con
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En relación a la denuncia que la resolución de vista incumple los requisitos establecidos en
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En relación a la falta de fundamentación del auto de vista recurrido, ya que omite
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Entendimiento adoptado de igual manera en fallos posteriores, como en la Sentencia Constitucional Plurinacional SCP
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En el fondo
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Respecto a la denuncia que el auto de vista violó el art
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En ese sentido, el Estado devuelve a los exportadores un monto igual al IVA pagado
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En ese mérito, en relación a la acusación de la entidad recurrente que el auto
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De lo señalado es evidente que implícitamente la normativa tributaria contiene las características técnicas señaladas
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En relación a que los gastos efectuados del seguro social delegado – servicio médico, de
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Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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