Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0862/2019-RRC
Fecha: 01-Oct-2019
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memoriales presentados el 11 y 25 de marzo de 2019, Lucio Gutiérrez Fernández, de
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I.1. Antecedentes
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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De los memoriales de recurso de casación y del Auto Supremo 460/2019-RA de 17 de
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Los recurrentes refieren que el Auto de Vista impugnado es atentatorio al derecho a una
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Por otro lado, señalan que el argumento del feriado de 2 de noviembre (día de
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I.1.2. Petitorio
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Los recurrentes impetran dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado
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I.1.3. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 460/2019-RA de 17 de junio, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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En enero del año 2013 se inicia la construcción en instalaciones de la unidad educativa
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Así también, se tiene demostrado que el co-acusado Silvio Rudy Guzmán Justiniano, en su labor
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El responsable de la modalidad de contratación de apoyo nacional a la producción y empleo,
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Se interpuso la denuncia en contra de los acusados de manera posterior a la aprobación
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Finalmente, existió una reunión entre el Alcalde, el Director de la unidad Ismael Montes y
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II
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Refieren los apelantes, que debemos partir a momento de fundamentar el presente agravio que el
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II.4. Del Auto de Vista 14/2017 de 19 de mayo de 2017
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II.5. Del Auto Supremo 348/2018-RRC de 24 de noviembre
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A través de Auto Supremo 348/2018-RRC, ante las denuncias efectuada por Omar Peñaranda Soruco, en
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“…es posible evidenciar que la respuesta otorgada por el Tribunal de alzada, no satisface en
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Asimismo, resolvieron
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II.6. Del Auto de Vista impugnado
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Respecto a las denuncias de Lucio Gutiérrez Fernández, se establece
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Se tiene que el receso declarado de 22 de octubre de 2015 hasta el 03
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Se tiene que la Sentencia contiene los requisitos del art
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El Tribunal de mérito ha emitido la Sentencia apelada conteniendo insuficiente fundamentación, carente de fundamentación
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Se llega a establecer que la conducta desplegada por Silvio Rudy Guzmán Justiniano no se
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El nuevo sistema procesal penal al que se adscribe el Código de Procedimiento Penal, encuentra
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De antecedentes se tiene que la presente causa fue radicada el 2 de diciembre de
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Concluyendo el Tribunal de alzada, de lo expuesto precedentemente se tiene que el receso declarado
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En el caso presente, corresponde el análisis de fondo del recurso planteado, en el que
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por el art
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III.2. Análisis del caso
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“Esta Sala estima que el espíritu del Código de Procedimiento Penal y del sistema oral
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El principio de celeridad, persigue que el juicio se desarrolle en un lapso cerrado mediante
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Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
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De lo anterior se evidencia que se tratan de problemáticas procesales análogas, pues en ambos
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“Que el recurrente efectúa el reclamo de que al señalarse la audiencia de juicio para
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Con relación a lo señalado, es posible advertir que el Tribunal de alzada, otorgó una
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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