Auto Supremo AS/0900/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0900/2019-RRC

Fecha: 07-Oct-2019

A efectos del planteamiento del error en la aplicación de la ley sustantiva, el recurrente


A efectos del planteamiento del error en la aplicación de la ley sustantiva, el recurrente señala que, en el delito de Daño, inmerso en el art. 357 del CP, “el objeto material debe ser ajeno esa es la condición objetiva de punibilidad, ya que la acción se realiza deteriorando, destruyendo, inutilizando, haciendo desparecer o dañando…es de naturaleza dolosa, ya que tiene como elemento subjetivo la intención de causar daño a la propiedad ajena sin apoderamiento” (sic). Agrega que la sentencia describió la existencia de documentación que acreditase el “derecho propietario que les asiste a los esposos Víctor García y Guadalupe Medina de García”, describió también que el acusado fue quien mandó a realizar trabajos de arado sobre los terrenos de aquellos “sin haber acreditado derecho propietario algún y menos tener posesión legal y pacífica de dicho lote de terreno” (sic). Razonamiento que hubiera sido confirmado íntegramente por el Tribunal de alzada, refiriendo que el recurrente obró “con pleno conocimiento y dolo sobre la ilicitud de su conducta a sabiendas que el terreno que procedió con el arado de plantaciones de alfar no es de su propiedad” (sic)