II
II.2 Contra aquel Fallo, Juan Valencia Aranibar, por memorial de fs. 217 a 221, promovió recurso de apelación restringida, planteando:
II.2.1 Defecto de sentencia previsto en el art. 370 num. 6) del CPP, con relación al art. 173 de la misma norma, explicando que la prueba fue defectuosamente valorada infringiendo las reglas de la sana crítica pues “la sentencia…únicamente contiene una fundamentación probatoria descriptiva limitándose únicamente a describirla, elemento probatorio por elemento probatorio, transcribiendo el contenido…y o así una fundamentación probatoria intelectiva, menos aun no establece el valor otorgado a cada prueba incorporada al juicio oral por el Ministerio Público…menos aun no establece el valor otorgado a cada prueba incorporada al juicio oral por la defensa” (sic); aspectos que fueron relacionados con las atestaciones de LTJ, JST, MEMF, GTS, AVFA, ALM, MEAA y DA, al indicar que solo fueron enunciadas empero no se consideró su contenido referente al tipo de plantación existente (pastizal), la propiedad proveniente de derecho sucesorio.
II.2.2 Defecto de sentencia previsto en el art. 370 num. 5) del CPP, alegando que “en el caso de autos…la motivación…a sido sustituida por una repetición de descripciones de los elementos probatorios sin una explicación lógica sin siquiera dar el valor correspondiente a cada elemento probatorio” (sic)
- Por memorial presentado el 5 de abril de 2019, cursante de fs
- En conocimiento del citado recurso, la Sala, en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto Supremo
- “al haber destruido plantaciones de alfar en un lote de terreno que venía cumpliendo una
- II
- …el Tribunal de alzada arribó a una conclusión equivocada, al haber dispuesto el reenvío del
- El recurrente manifiesta su desarreglo con la forma en la que la Sentencia fijó la
- Agrega que el Auto de Vista impugnado no tomó en cuenta los fundamentos expuestos en
- III
- En el segundo motivo el recurrente denuncia “errónea aplicación de la ley sustantiva o error
- A efectos del planteamiento del error en la aplicación de la ley sustantiva, el recurrente
- Señala también que el Tribunal de sentencia advirtió la existencia de una “demanda de nulidad
- “pago de impuesto anuales ante la H
- “…el imputado…alega ser propietario de dicho lote de terreno a fallecimiento al fallecimiento de su
- “informan y acreditan el origen, la tenencia y disposición del derecho propietario de los esposos
- La respuesta del tribunal de apelación contenida en el Auto de Vista de 21 de
- Lo relatado en esta porción, sin duda despeja un supuesto yerro de incongruencia omisiva, por
- Ahora bien, se presenta a la Sala una circunstancia atípica por su peculiaridad, por cuanto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
