Auto Supremo AS/0913/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0913/2019-RRC

Fecha: 14-Oct-2019

“DE LA CONTRADICCION DE LA SENTENCIA A LA JURISPRUDENCIA APLICADA AL CASO DE AUTO REALIZADOS


“DE LA CONTRADICCION DE LA SENTENCIA A LA JURISPRUDENCIA APLICADA AL CASO DE AUTO REALIZADOS POR EL TRIBUNAL SUPREMO DE LA NACION”, puesto que, el Tribunal de sentencia no consideró: a) Que la Lic. Gabriela Baldiviezo Rodríguez señala que en la entrevista preliminar la menor le indicó que era víctima de maltrato por parte de su madre, posteriormente a denuncia del director del núcleo escolar donde la menor asistía realizó la denuncia ante la DDNNA, para lo cual levantó el informe preliminar, acompañó a la menor a realizar el examen médico legal, ya que la menor se encontraba internada en el albergue; b) “Asimismo, señalo que estas actuaciones fueron realizadas, debido a que la menor, señalo que días ante fue víctima de agresión sexual, y que por tal razón, a la Bogada de al DDNNA formalizo la denuncia”; c) la declaración realizada por la Lic. Daniela Paola Rodríguez Britos que señaló que la menor era víctima de violencia intrafamiliar y que conjuntamente con su hermano fueron albergados señalando que estuvo un buen tiempo hasta antes de que la misma retornara a Colombia, posteriormente de su vuelta nuevamente fue albergada; d) que la psicóloga del SEDEGES señaló que la menor “habría cusa de la desintegración de su familia”; e) del examen pericial refiere que la menor había sido abusada desde sus 11 a 12 años de edad, contradiciendo a la declaración inicial donde la menor señaló que a sus 7 años de edad; f) de la declaración de las asignadas al caso Erika Robles Leon y Dania Quispe Huayhua señalaron que solo realizaron informes y ejecución de requerimientos, ninguna realizó actos investigativos; g) el Ministerio Público trató de insertar la declaración anticipada en cámara Gessel que no fue ofrecida por el Ministerio Público, dando lectura solo a la transcripción de la declaración anticipada donde señala que su padrastro abusó de ella en tres oportunidades, evidenciando que las declaraciones de la menor fueron contradictorias