Auto Supremo AS/1076/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1076/2019

Fecha: 22-Oct-2019

De lo expresado se tiene que, el debido proceso como principio establece la igualdad de

De lo expresado se tiene que, el debido proceso como principio establece la igualdad de las partes regulado en el art. 119.I de la CPE, es decir que ambas partes en conflicto deben tener las mismas oportunidades en el proceso, al respecto y del reclamo, corresponde precisar que la primera fase del proceso, se llevó a cabo únicamente con la parte demandante, en tanto que la segunda parte mereció que el Ad quem, efectúe una valoración completa de toda la prueba aportada por ambas partes en contienda, puesto que de no haberlo hecho así, habría generado una total desigualdad de las partes e indefensión al demandado que recién pudo asumir defensa en segunda instancia, por lo que más bien el Tribunal de revisión actuó en previsión y cumplimiento del debido proceso revisando objetivamente toda la prueba aportada al mismo, en tal sentido sus reclamos no tienen asidero legal