De la respuesta al recurso de casación
2. Expresó que en el memorial de apelación demostró los agravios sufridos con la sentencia, fundamentando dichos agravios en relación a la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia que señala que no es admisible la exigencia de una extrema rigurosidad en las formas que se traduzca en la denegación de justicia, pues pese a que el recurso no sea claro en su redacción la autoridad jurisdiccional igualmente deberá resolver dicho recurso.
3. Acusó que el auto de vista emitido por el Tribunal de alzada al declarar inadmisible el recurso de apelación vulneró los arts. 218.II num. 1) inc. b), 256 y 261 del Código Procesal Civil.
De la respuesta al recurso de casación
3. Acusó que el auto de vista emitido por el Tribunal de alzada al declarar inadmisible el recurso de apelación vulneró los arts. 218.II num. 1) inc. b), 256 y 261 del Código Procesal Civil.
De la respuesta al recurso de casación
- Expediente:PT-15-19-S
- Lidia Velásquez
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2
- CONSIDERANDO II
- De la respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- En el Auto Supremo Nº 424/2016 de 29 de abril se ha razonado lo siguiente:
- Como se podrá advertir, el Tribunal Ad-quem no obstante de haber identificado los agravios del
- La norma legal de referencia (vigente al momento de la interposición del recurso) no exigía
- CONSIDERANDO IV
- De cuyo reclamo está claro que cuestiona la sentencia en su integridad, no correspondiendo precisar
- Por lo anotado, el Tribunal de apelación al haber declarado inadmisible el recurso de apelación,
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina
