c)Sostienen que uno de los reclamos expuestos en el recurso de apelación está vinculado a
b)Señalan que de la simple lectura de su memorial de apelación de 15 de mayo de 2018, cursante de fs. 170 a 173, se puede evidenciar que existe una amplia explicación de los agravios sufridos por la emisión de la Sentencia de 13 de noviembre de 2017.
c)Sostienen que uno de los reclamos expuestos en el recurso de apelación está vinculado a la valoración de las pruebas sobre la posesión que tienen respecto al inmueble objeto de la litis, posesión que según la nueva concepción del Estado Plurinacional debió ser protegida
c)Sostienen que uno de los reclamos expuestos en el recurso de apelación está vinculado a la valoración de las pruebas sobre la posesión que tienen respecto al inmueble objeto de la litis, posesión que según la nueva concepción del Estado Plurinacional debió ser protegida
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- c)Sostienen que uno de los reclamos expuestos en el recurso de apelación está vinculado a
- Con base en lo argumentado solicitan que este Tribunal anule obrados hasta el Auto de
- b)Refiere que la parte contraria no tiene prueba alguna sobre la posesión que alega, pues
- c)Finalmente, señala que los demandados no tenían ningún derecho para ingresar al terreno objeto de
- Con base en lo expuesto solicita que se emita resolución negando el recurso de la
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El art
- III.2. Del principio pro actione y pro homine
- Así tenemos que estos preceptos se materializan a través de los recursos que la Ley
- Ahora bien los recursos que la ley franquea o reconoce para hacer efectivo el derecho
- Al respecto la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1853/2013 de 29 de octubre señaló: “III
- de 23 de julio, refiere: “En fallos emitidos anteriormente este Tribunal ha establecido que el
- CONSIDERANDO IV
- Ante este criterio se encuentra la postura expuesta por los recurrentes, el cual nos conduce
- Entonces, todas estas consideraciones nos permiten advertir que no resulta evidente que el recurso de
- Ciertamente las previsiones citadas no se reducen a simples declaraciones programáticas, sino al contrario, constituyen
- En ese entendido, resulta conveniente señalar, que el hecho de que un recurso de apelación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales del Tribunal de segunda instancia
- De conformidad a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
