Auto Supremo AS/1095/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1095/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Sin perjuicio de lo manifestado el Juez que conoció la causa en primera instancia en

Los ahora recurrentes sostienen que de fs. 43 a 51 cursan las literales arrimadas al proceso con la contestación a la demanda de Miguel Herrera Montaño, de la revisión del cuaderno procesal, el referido codemandado Miguel Herrera Montaño al no hacer uso de su derecho a apelar la sentencia consintió tácitamente la misma.
Sin perjuicio de lo manifestado el Juez que conoció la causa en primera instancia en el considerando IV, cursante a fs. 278, realizó una valoración de las aludidas documentales señalando en forma literal: “el único que contestó la demanda fue Miguel Herrera Montaño y no realizando ninguna diligencia posterior, asimismo, quien al contestar a la demanda principal en el memorial de fs. 52 a 55 vta., manifiesta que se encuentran conjuntamente con los otros codemandados en posesión del referido terreno de manera pacífica y continuada por casi 5 años y que se les había dado en posesión por el señor Carlos Antonio Ribera Bruckner en representación legal de la propietaria Beatriz Marcela Ribera Gutiérrez , indicando que tienen firmado un convenio transaccional sobre transferencia de los terrenos que actualmente ocupan, sin embargo, durante la etapa probatoria no se tiene aclarada esta situación toda vez que no presentaron el convenio transaccional sobre transferencia de terrenos y ninguna documentación que acredite su derecho propietario.” , no siendo evidente el reclamo respecto a esas literales