Del análisis precedente, se concluye que los argumentos de la parte recurrente, no son suficientes
Del análisis precedente, se concluye que los argumentos de la parte recurrente, no son suficientes para demostrar que el Tribunal de alzada incurrió en vulneración o interpretación errónea de alguna norma, tal como se sugiere en el memorial de casación; en ese entendido, dado que sus afirmaciones, carecen de sustento legal, corresponde aplicar el art. 220. II del Código de Procesal Civil, en cumplimiento de la norma remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- La recurrente fundamenta su recurso, manifestando lo siguiente
- Cita como jurisprudencia aplicable al caso, las Sentencias N° 093/2018, 38/2018, en las que se
- Solicita que una vez dispuesta la remisión al Tribunal Supremo de Justicia, emita Auto Supremo
- Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- Por otra parte, respecto a la jurisprudencia a decir del recurrente, aplicable en el caso,
- Asimismo, en el referido memorial, se hace referencia a las imprecisiones de la demandante, en
- Finalmente, las imprecisiones se agudizan con el petitorio del recurso, en el que COTEL Ltda
- Del análisis precedente, se concluye que los argumentos de la parte recurrente, no son suficientes
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
