POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184.1 de la CPE y 42.I numeral 1 de la Ley de Organización Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 490 a 494, interpuesto por la Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz COTEL Ltda., por intermedio de su representante legal Jamshid Tirado Terrazas, impugnando el Auto de Vista Nº 093/2018 de 26 de octubre, cursante de fs. 430 a 431, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- La recurrente fundamenta su recurso, manifestando lo siguiente
- Cita como jurisprudencia aplicable al caso, las Sentencias N° 093/2018, 38/2018, en las que se
- Solicita que una vez dispuesta la remisión al Tribunal Supremo de Justicia, emita Auto Supremo
- Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- Por otra parte, respecto a la jurisprudencia a decir del recurrente, aplicable en el caso,
- Asimismo, en el referido memorial, se hace referencia a las imprecisiones de la demandante, en
- Finalmente, las imprecisiones se agudizan con el petitorio del recurso, en el que COTEL Ltda
- Del análisis precedente, se concluye que los argumentos de la parte recurrente, no son suficientes
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
