La recurrente fundamenta su recurso, manifestando lo siguiente
Argumentos del recurso de casación
La recurrente fundamenta su recurso, manifestando lo siguiente:
Bajo el epígrafe de violación e interpretación errónea de la ley, hace cita textual de los arts. 53 de la Ley de Pensiones, 28 del Reglamento de la Ley de Pensiones, 27 y 131 del Reglamento Interno de Trabajo de COTEL Ltda., 16 de la Ley General del Trabajo, 9 del Reglamento de la Ley General del Trabajo, y refiere que la demandante no expuso con claridad, exactitud y de manera íntegra los derechos en que funda su pretensión, toda vez que no hace mención a lo establecido en el parágrafo II del art. 53 de la Ley de Pensiones, que prevé que los asegurados con Pensión Solidaria de Vejez que continúen realizando una actividad laboral pública o privada, no podrán percibir el pago de la fracción solidaria de vejez; ello en relación a lo dispuesto en el art. 28 del Reglamento de la Ley de Pensiones, que dispone que la renta de vejez será suspendida, entre otros factores, por la doble percepción
La recurrente fundamenta su recurso, manifestando lo siguiente:
Bajo el epígrafe de violación e interpretación errónea de la ley, hace cita textual de los arts. 53 de la Ley de Pensiones, 28 del Reglamento de la Ley de Pensiones, 27 y 131 del Reglamento Interno de Trabajo de COTEL Ltda., 16 de la Ley General del Trabajo, 9 del Reglamento de la Ley General del Trabajo, y refiere que la demandante no expuso con claridad, exactitud y de manera íntegra los derechos en que funda su pretensión, toda vez que no hace mención a lo establecido en el parágrafo II del art. 53 de la Ley de Pensiones, que prevé que los asegurados con Pensión Solidaria de Vejez que continúen realizando una actividad laboral pública o privada, no podrán percibir el pago de la fracción solidaria de vejez; ello en relación a lo dispuesto en el art. 28 del Reglamento de la Ley de Pensiones, que dispone que la renta de vejez será suspendida, entre otros factores, por la doble percepción
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- La recurrente fundamenta su recurso, manifestando lo siguiente
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- Solicita que una vez dispuesta la remisión al Tribunal Supremo de Justicia, emita Auto Supremo
- Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- Por otra parte, respecto a la jurisprudencia a decir del recurrente, aplicable en el caso,
- Asimismo, en el referido memorial, se hace referencia a las imprecisiones de la demandante, en
- Finalmente, las imprecisiones se agudizan con el petitorio del recurso, en el que COTEL Ltda
- Del análisis precedente, se concluye que los argumentos de la parte recurrente, no son suficientes
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
