Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0716/2019
Fecha: 29-Nov-2019
I.1.- Sentencia
I.1.- Sentencia
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CONSIDERANDO I
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I.1.- Sentencia
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Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Partido de Trabajo y Seguridad Social
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Deducido el recurso de apelación, la Sala Primera en Materia del Trabajo y Seguridad Social
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I.3.- FUNDAMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Que, del referido auto de vista, la demandada Julisa Irene Durán Serrano, en representación legal
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Acusa de error en la apreciación de la prueba, la cual tiene su base normativa
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Manifiesta también que el art
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I.3.2.-Recurso de Casación en el Fondo
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I.3.3- Petitorio
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Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia dicte Resolución Casando o Anulando el Auto de
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I.3.4.- Contestación a la Demanda
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Habiendo sido notificado con la interposición del recurso de casación Jesús Francisco Aguilera Zurita, en
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Respecto a la falta de una adecuada valoración de la prueba, señalan que tanto la
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La procedencia del pago de las primas anuales, no ha sido arbitraria, toda vez que
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Continúa señalando que, el empleador no presentó los respectivos balances anuales aprobados con las certificaciones
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De la lectura del recurso de casación planteado en el fondo, reitera que el demandado
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El empleador incumplió con el principio de inversión de la prueba señalada en los arts
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I.3.5.-Petitorio
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La jurisprudencia sentada por este Tribunal, estableció que el recurso de casación constituye una demanda
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De la lectura de los motivos expuestos y de los fundamentos del recurso de casación
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El recurrente acusa de error en la apreciación de las pruebas, al respecto, el Dr
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Por lo que corresponde aclarar que el recurso de casación es un recurso extraordinario que
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En ese entendido, el recurrente acusa error en la apreciación de las pruebas, haciendo referencia
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En ese sentido tanto Juez A quo como el Tribunal de Alzada están llamados a fundamentar su
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Recurso de Casación en el Fondo
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Asimismo, resulta preciso señalar que la prima anual es la participación legal del trabajador respecto
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Asimismo, el art
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Consiguientemente, corresponde al empleador aportar los elementos de prueba que lo eximan del pago, al
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En este contexto, en el caso objeto de análisis, se advierte que si bien se
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Esta estructura y diseño normativo, está dispuesta en la Constitución Política del Estado, la cual
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En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, errónea aplicación,
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POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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