Auto Supremo AS/0729/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2019

Fecha: 29-Nov-2019

I.2.1 Petitorio

Adujo que, en virtud del principio de supremacía constitucional, la garantía del fuero sindical, el principio de no discriminación, considerando lo previsto en el los arts. 410 y 109.I de la CPE, el juzgador tiene la ineludible obligación de velar por el cumplimento y vigencia de los derechos reconocidos en la Constitución, en las cuestiones que sean sometidas a su conocimiento, obligación que el tribunal de apelación a soslayado, al haber dado validez a un convenio por sobre todos los principios, derechos y garantías constitucionales.
I.2.1 Petitorio