Auto Supremo AS/1034/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1034/2019-RA

Fecha: 22-Nov-2019

El art


Expresan la violación del art. 413 del CPP, sosteniendo que el Tribunal de alzada al no pronunciarse sobre los puntos apelados incurrió en la vulneración del artículo referido, que establece que cuando no sea posible reparar la inobservancia o errónea aplicación de la ley se anulará la Sentencia, que las normas procesales fuesen de cumplimiento obligatorio y que constituyen causal de nulidad el no pronunciarse sobre las pretensiones deducidas y reclamadas.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP