Auto Supremo AS/1201/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1201/2019

Fecha: 26-Nov-2019

En el presente caso el Auto de Vista transcribe la cláusula quinta de la escritura

En el presente caso el Auto de Vista transcribe la cláusula quinta de la escritura pública de adjudicación de los demandantes y concluye: “(…) de manera que por ello el juez entendió que el reconventor hubo demostrado la existencia de una cláusula resolutoria, en el título de la pare actora, otorgada por adjudicación y que fue incumplida por este, en consecuencia el juez hizo un correcto análisis sobre el contrato de adjudicación de la parte actora y dejo por establecido que este incumplió la cláusula resolutoria dando razón a la parte reconventora, empero, en la parte dispositiva el juez contradictoriamente dispuso otra cosa, de manera que corresponde tutelar dicho agravio relativo a la incongruencia interna.”, de dicho argumento se observa, que el Tribunal Ad quem concuerda con el criterio del juez A quo, en el entendido que el actor incumplió con la cláusula quinta de la Escritura Pública N° 1307/1983 de 12 de diciembre, por ello se activó la cláusula resolutoria; ambas instancias dieron la razón a los reconvencionistas, sin embargo el Auto de Vista contradictoriamente declara improbada la acción reconvencional