Auto Supremo AS/1228/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1228/2019

Fecha: 27-Nov-2019

Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Gregoria Ramos de Goyzueta, se

CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Gregoria Ramos de Goyzueta, se extracta lo siguiente:
1. Acusó que el Tribunal de alzada vulneró el art. 138 del Código Civil, porque desestimó el certificado del directorio de la asociación de comerciantes minoristas, refirió que dicho documento acreditó la posesión continua, pacífica y pública por diez años, y el Ad quem al respecto expresó que no cumple lo previsto en los arts. 1289 y 1296 del Código Civil, argumentó que a su criterio no tiene asidero legal porque dentro de los medios de prueba es admisible cualquier otro medio de prueba idóneo y no específicamente un documento público, ya que el documento de referencia resulta idóneo para probar la posesión referida porque proviene del directorio de la asociación de comerciantes minoristas del pasaje Adolfo Ortega, porque conocen a todos sus afiliados y el tiempo que están en posesión de las casetas existentes