Auto Supremo AS/1228/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1228/2019

Fecha: 27-Nov-2019

En caso de no ser posible identificar al titular registral del inmueble, se debe agotar

En caso de no ser posible identificar al titular registral del inmueble, se debe agotar su averiguación a nivel de otras instancias como ser en la respectiva Alcaldía Municipal quien también debe emitir certificaciones a través de su área técnica y Catastro estableciendo a nombre de quien se encuentra registrado el inmueble, especificando con total exactitud la ubicación, extensión, colindancias y otros aspectos que permitan una adecuada identificación; en el caso presente, si bien cursa el Informe de fs. 41, sin embargo éste no proporciona mayores datos, limitándose simplemente a indicar que el área no es municipal y que su uso es de suelo residencial privado, sin especificar a nombre de quien se encuentra registrado dicho inmueble; los documentos mencionados anteriormente, son indispensables para determinar las condiciones físicas y legales del inmueble que se somete a usucapión, toda vez que los mismos coadyuvan en gran medida al Juzgador a no incurrir en errores y emitir una Sentencia justa y equitativa; en ese sentido se tiene modulada y establecida la línea jurisprudencial ordinaria desarrollada a través de diferentes Autos Supremos…”