Asimismo, el art
Asimismo, el art. 949 del sustantivo civil refiere que: “(Efectos de cosa juzgada). Las transacciones, siempre que sean válidas, tienen entre las partes y sus sucesores los efectos de la cosa juzgada”
- Partes: Alfredo Aradivi Queteguari c/ Manuel Ramírez Condori
- Distrito: Beni
- 2
- Manifestó que en el documento a fs
- CONSIDERANDO II
- 3
- Por lo que solicitó se anule obrados hasta el vicio más antiguo o se revoque
- Respuesta al recurso
- Señaló que el recurso de casación adolece de claridad y precisión, puesto que no establecería
- Concluyó pidiendo que este Tribunal declare improcedente el recurso de casación planteado
- CONSIDERANDO III
- El Art
- Asimismo, el art
- Por su parte, el art
- Carlos Morales Guillem, en su obra Código Civil Anotado y Concordado, al realizar el comentario
- En el Auto Supremo Nº 75/2016 de 04 de febrero, se concretó lo siguiente: “…en
- CONSIDERANDO IV
- La determinación asumida en primera instancia fue objeto de un recurso de apelación interpuesto por
- b
- En el caso particular se debe tener presente que el Código Procesal Civil prevé en
- Por otra parte, el recurrente acusa que no recibió un solo centavo del acuerdo transaccional,
- En ese contexto cabe absolver las acusaciones que versan sobre el acuerdo transaccional a fs
- Por todas esas consideraciones, al no encontrar sustento fundamentado lo expuesto como argumentos del recurso
- Por lo que corresponde resolver el recurso de casación en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorarios al profesional abogado que contestó el recurso de casación, en la suma
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
