En lo referido al punto 4, acerca que Percy Gómez Arteaga, no sería el representante
En lo referido al punto 4, acerca que Percy Gómez Arteaga, no sería el representante legal ni propietario de la Empresa Axonométrica S.R.L., por ende, carecería de legitimación, conforme se ha manifestado en el anterior punto, mediante el Testimonio de Poder N° 526/2015 de 5 de junio, que cursa de fs. 131 a 132, que extracta al anterior Testimonio N° 296/2012 de revocatoria y otorgamiento de nuevo poder, evidencia que Percy Gómez Arteaga actúa en representación y administración de la empresa con las amplias facultades y con los alcances previstos en el art. 811 del Código Civil y 73 del Código de Comercio, señalando de manera enunciativa y no limitativa las facultades administrativas que ostenta como, el de representar a la sociedad en todo acto civil, comercial, judicial o extrajudicial, así como delegar u otorgar poderes especiales a terceros para la atención determinados trámites o procesos judiciales
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social por pago de sueldos y beneficios sociales por Mauricio Gómez Ojopi,
- Auto de vista
- Interpuesto el recurso de apelación de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, Percy Gómez Arteaga, interpuso recurso de casación, con
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 2
- 3
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- Petitorio
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver, con las siguientes
- El art
- El Derecho al trabajo es un derecho fundamental reconocido de manera expresa y positiva por
- A su vez, la Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al
- En ese contexto, se infiere que a partir del nuevo modelo de estado constitucional social
- Del principio de verdad material
- Error de Hecho y Derecho en la Valoración de la prueba
- Análisis del caso en concreto
- La sentencia de primera instancia reconoció, el trabajo realizado por el demandante a favor de
- En ese sentido, el recurrente en los puntos 1, 2 y 3, niega que él
- Al respecto, de la revisión de los antecedentes, se evidencia de fs
- En esa línea, el objeto del referido contrato de trabajo, se encuentra dirigido a la
- En ese sentido, el Testimonio de Poder N° 526/2015 de 5 de junio, que se
- Por lo señalado, está plenamente demostrado que el contrato de trabajo que unió al demandante
- En lo referido al punto 4, acerca que Percy Gómez Arteaga, no sería el representante
- Sobre el punto 5, referido a la preclusión que, esta no fue reclamada, por lo
- Se debe precisar también que, el recurrente persigue una nueva valoración y compulsa de las
- Excepcionalmente, podrá producirse una revisión o revaloración de la prueba, en la medida en que
- Nótese que la disposición citada expresa que deberán cumplirse dos condiciones; es decir, que deberá
- Por lo referido, se establece que el Auto de Vista, se ajusta a derecho, no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
