Auto Supremo AS/0731/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0731/2019

Fecha: 02-Dic-2019

El art

En mérito a lo expuesto y no encontrándose fundado alguno de los motivos traídos en casación por la parte actora, corresponde dar aplicación al art. 220-II del CPC-2013, aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT.
Respecto del recurso de casación de Mario José Villarroel López.
El art. 49-III de la CPE, reconoce que se encuentra prohibido el despido injustificado y que el Estado protegerá la estabilidad laboral; instituyendo además que, la Ley determinará las sanciones correspondientes, respecto de los despidos injustificados