Auto Supremo AS/0731/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0731/2019

Fecha: 02-Dic-2019

El Tribunal de alzada, determina que no corresponde el desahucio, pero si procede el pago

El Tribunal de alzada, determina que no corresponde el desahucio, pero si procede el pago de indemnización por tiempo de servicios, cuando queda demostrado que el actor incurrió en causales previstas en los arts. 16 de la LGT y 9 del DRLGT, por lo cual, no tiene derecho a una indemnización; porque, tampoco llegó a cumplir un periodo laboral mayor a 5 años, su tiempo de servicios fue de 4 años, 11 meses y 25 días, no tiene un quinquenio consolidado, beneficio que no se pierde con las causales señaladas, conforme prevé el art. 2 del D.S. Nº 11478 de 16 de mayo de 1974, modificado por el art. 4 del D.S. Nº 110 de 1 de mayo de 2009; por lo cual, al reconocer el pago de la indemnización por tiempo de servicios en favor del actor, se está aplicando erróneamente la ley