Auto Supremo AS/0797/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0797/2019

Fecha: 02-Dic-2019

Con respecto a la aplicación de los arts

Con respecto a la aplicación de los arts. 519 y 568 del Código Civil si fueron correctamente aplicados podemos definir que:
En relación a la interpretación de los contratos.
El art. 519 del Código Civil dispone que: “(Eficacia del contrato). El contrato tiene fuerza de ley entre las partes contratantes. No puede ser disuelto sino por consentimiento mutuo o por las causas autorizadas por la ley”