Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0800/2019
Fecha: 02-Dic-2019
I.2. Auto de Vista
I.2. Auto de Vista
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VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por el
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Vania Alejandra Peñaranda Andrade, en su escrito de fs
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Refiere que sufrió acoso laboral, recibiendo llamadas de atención vía memorándum por faltas y retrasos
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Luego se procedió a constituir la relación jurídico procesal, la apertura del término probatorio de
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Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia N° 233/2017 de 25 de agosto, cursante
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A consecuencia de lo dispuesto, se establece que la parte demandada deberá pagar en favor
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I.2. Auto de Vista
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Contra esta decisión, ambas partes, interpusieron recurso de apelación, primero la Empresa demandada, cursa de
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I.3 Motivos del recurso de casación
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Dentro el plazo previsto por ley, el representante legal de la empresa AGN ALIMENTOS Y
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Errónea valoración de la prueba de hecho sobre las pruebas que demuestran el pago del
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Continúa y refiere que el Tribunal de alzada no valoro el documento porque este pago
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En su petitorio, pide este Tribunal, case el Auto de Vista 31/19 y en consecuencia
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1.1. Consideraciones previas
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A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
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En ese sentido, en cumplimiento de la Constitución Política del Estado que tiende a garantizar
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Bajo esta premisa el principio de la prevalencia o primacía de la realidad, es entendido
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II
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La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
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El principio de inmediación vinculado a la apreciación y valoración de la prueba en el
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En segunda instancia, de igual manera, se observa el principio de inmediación en la producción
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Con base a lo anotado, podemos establecer que la actividad probatoria y su valoración, es
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Mientras que en el recurso de casación, no se observa el principio de inmediación en
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1.2. Argumentos de derecho y de hecho
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Precisadas las formalidades con las cuales se resolverá este recurso de casación, a continuación, corresponde
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De la revisión de obrados, se evidencia que las pruebas cursantes de fs
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Ahora bien, en el recurso planteado, cuando se acusa la negativa de valoración de las
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Respecto al ofrecimiento y producción de prueba la jurisprudencia de este Tribunal en el Auto
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La decisión de la Jueza de la causa se halla fundamentada conforme a la naturaleza
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El Tribunal de segunda instancia, de acuerdo con el contenido del recurso de apelación, se
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Se evidencia que a fs
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Luego se emite el Auto de Vista 31/19, ahora impugnado; consiguientemente, al no contar con
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En ese entendido, con las evidentes pruebas cursantes en obrados, la empresa recurrente, por el
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No existiendo ninguna infracción a las normas procesales respecto al conocimiento de fallos denunciados por
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En cuanto a la errónea valoración de la prueba de hecho sobre las pruebas que
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En el caso que se analiza, la empresa demandada impugna el Auto de Vista por
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De ese modo, el motivo del reclamo no tiene sustento dentro de los parámetros expuestos,
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Con relación al artículo 115 de la Constitución Política del Estado, se establece que no
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio de
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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