Auto Supremo AS/0804/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0804/2019

Fecha: 02-Dic-2019

Respecto de lo anterior, debe tenerse presente, como ya fue manifestado al resolver el recurso

Inicialmente es importante aclarar que lo que manifestó el recurrente, es que al haberse determinado que se produjo el despido intempestivo de la demandante, “…implica una implícita aplicación del Art. 12 de la Ley General del Trabajo…”
Respecto de lo anterior, debe tenerse presente, como ya fue manifestado al resolver el recurso en la forma, que al juzgador no le está permitido suponer, derivar, inferir, etc. y no existe la posibilidad de implícita aplicación de una norma a un hecho concreto; la norma se aplica o no se la aplica. En el presente caso, la norma en cuestión no fue aplicada