Auto Supremo AS/0053/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0053/2019-RA

Fecha: 06-Feb-2019

Manifiestan, que el Auto de Vista recurrido no dice nada, solo omite o tergiversa


Manifiestan, que el Auto de Vista recurrido no dice nada, solo omite o tergiversa el reclamo concerniente a la defectuosa valoración de la prueba art. 173 y 370 inc. 6) del CPP; ya que, el Tribunal de mérito solo describió en montón las documentales sin ninguna precisión, ni especificación de cómo causó evidencia, señalando que las testificales y documentales estaban en el acápite Valoración de la prueba, tercera a y b de la Sentencia; sin embargo, el Auto de Vista recurrido alegó que su persona sostiene aspectos subjetivos, sin referir cuáles; alegando además, que la víctima no puede fungir de testigo, lo que le resulta falso, incurriendo en error, y omitiendo pronunciarse sobre la producción y ninguna valoración de las pruebas referidas en “montón” y lo creíble o no de testigos propios totalmente contradictorios y la omisión sobre las documentales de la sentencia habiendo expresado con claridad y precisión las versiones contradictorias de los testigos, no pidiendo revalorización; no obstante el Auto de Vista se extralimitó al exponer que existe valoración conjunta y específica que llevó a la convicción, concluyendo que ese aspecto había sido cumplido por la sentencia por lo que no se consideraba agravio; aspecto que le resulta falso y extra petita, encontrándose alejado de la realidad, constituyendo vicio absoluto. Invoca el caso Vaca/Mendoza, en el Auto Supremo “de 26 de enero de 2007 que deja sin efecto del A.V., luego posterior otro A.V. ANULA TOTALMENTE LA SENTENCIA” (sic), Autos Supremos 78/13 de 20 de marzo y “623”