I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 57 a 58, interpuesto por José Antonio Aguilar Jiménez, en representación del Hospital Dr. Roberto Galindo Terán, contra el Auto de Vista Nº 280/2017 de 29 de agosto, cursante de fs. 54 a 54 vta., emitido por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente, Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales y otros derechos, seguido a demanda de Oscar José Alba Seito, contra la entidad que representa el recurrente, el Auto Nº 335/2017 de 13 de octubre, por el que se concedió el recurso (fs. 61 vta.), el Auto Supremo Nº 528-A de 03 de noviembre de 2017, por el que se admitió el recurso (fs. 69 y vta.), y todo cuando ver convino y se tuvo presente; y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija, emitió la Sentencia Nº 305 017 de 04 de julio de 2017 (fs. 28 a 29 vta.), declarando PROBADA en parte la demanda de fojas 7, sin costas, ordenando a la entidad demandada, Hospital “Dr. Roberto Galindo Terán”, que cancele a favor de la demandante Vivian Pimentel Arteaga, la suma de Bs. 4.022.- (Cuatro mil veintidós Bolivianos), por concepto de aguinaldo por tres meses, vacación por ocho meses y subsidio de frontera por 3 meses de la gestión 2013
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija, emitió la Sentencia Nº 305 017 de 04 de julio de 2017 (fs. 28 a 29 vta.), declarando PROBADA en parte la demanda de fojas 7, sin costas, ordenando a la entidad demandada, Hospital “Dr. Roberto Galindo Terán”, que cancele a favor de la demandante Vivian Pimentel Arteaga, la suma de Bs. 4.022.- (Cuatro mil veintidós Bolivianos), por concepto de aguinaldo por tres meses, vacación por ocho meses y subsidio de frontera por 3 meses de la gestión 2013
- Demandante:Oscar José Alba Seito
- Demandado:Hospital Dr. Roberto Galindo Terán (Cobija)
- Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por el representante del Hospital demandado (fs
- Argumentos del recurso de casación
- En el fondo, sustentó que se incurrió en aplicación indebida de la ley, porque se
- También argumentó que se incurrió en errónea aplicación del artículo único, del DS Nº 121058,
- Petitorio
- Doctrina aplicable al caso
- También se debe puntualizar que la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por este Tribunal,
- Respecto de la condición de funcionario público de los trabajadores demandantes y la presunta errónea
- (…) al evidenciarse en el caso de examen, que los demandantes impetran, entre otros conceptos,
- En el caso presente se han alegado cuestiones de forma y de fondo, desglosando ambos
- En los procesos laborales, rigen los principios de protección de los trabajadores y la inversión
- En el caso presente, es evidente que la entidad demandada, presentó fotocopias de varias planillas
- Respecto del argumento del recurso de casación en el fondo, en el que se denuncia
- Tampoco existe aplicación errónea del DS N° 12058 de 24 de diciembre de 1974, que
- En el marco legal descrito, se establece que el Tribunal de Alzada no incurrió en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
