Auto Supremo AS/0109/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2019-RRC

Fecha: 27-Feb-2019

Por lo expuesto, no se constata la existencia de defectos absolutos que hubieren conllevado a


De esa relación necesaria de antecedentes, se tiene que la denuncia no resulta evidente; por cuanto, el Tribunal de alzada en el marco de su alcance, explicó que conforme a lo previsto por el art. 407 del CPP, el recurso solo será admisible si el interesado reclamó oportunamente su saneamiento o efectuó reserva de recurrir; en ese entendido, advirtió, que el imputado no hizo observación ni reclamo alguno, por lo que, había consentido tácitamente las suspensiones, aclarando que tal circunstancia no causó indefensión al imputado, ni restringió derecho alguno, no alteró la situación jurídica, ni esta sancionada expresamente con la nulidad de actuados, conforme a los principios de trascendencia y reserva legal que rigen las nulidades procesales; argumentos que no implican que se hubiere limitado a emitir resolución respecto a la forma en que el Tribunal emitió la Sentencia como alega el recurrente; sino, que resultan suficientes, fundamentadas en derecho y en observancia de lo previsto por el art. 17.III de la LOJ que señala que: “La nulidad sólo procede ante irregularidades procesales reclamadas oportunamente en la tramitación de los procesos”, lo que no aconteció en el caso de autos.

Por lo expuesto, no se constata la existencia de defectos absolutos que hubieren conllevado a la vulneración de derechos fundamentales y garantías constitucionales; toda vez, que el Tribunal de alzada en observancia del principio de congruencia y en el marco del alcance jurídico de los arts. 17.II de la LOJ y 398 del CPP se pronunció de forma suficiente y coherente a los datos del proceso, no pudiendo de forma oficiosa corregir omisiones o saltar instancias específicas previstas por el legislador como pretende la parte recurrente; por cuanto, no le está permitido por el ordenamiento jurídico referido; en consecuencia, el presente recurso deviene en infundado