Auto Supremo AS/0109/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2019-RRC

Fecha: 27-Feb-2019

Por los argumentos expuestos, se concluye que la denuncia formulada no resulta contradictorio al Auto


Ahora bien, se tiene que el motivo identificado ya fue objeto de pronunciamiento en el fondo por este Tribunal Supremo de Justicia a través del Auto Supremo 034/2016-RRC de 21 de enero que fue glosado parcialmente en el acápite II.4 del presente fallo, pues de la revisión de dicha Resolución, resulta que en los hechos se trata de los mismos fundamentos, de lo que se establece, que la recurrente, ya cuenta con una respuesta fundamentada por parte de este Tribunal que constató que Auto de Vista entonces recurrido se hallaba acorde a la jurisprudencia invocada (Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007), que contenía una argumentación por demás clara que respondía a los agravios reclamados; en consecuencia, establecido como está que lo medular de la denuncia formulada sujeto a este análisis, mereció respuesta de por parte de este Tribunal a través de una anterior Resolución emitida en la causa, se concluye que el motivo alegado por la recurrente, no tiene fundamento, ello en el marco de la certeza y seguridad jurídica que se debe brindar a los justiciables y considerando que los argumentos del nuevo Auto de Vista respecto al agravio concerniente a la valoración defectuosa de la prueba prevista por el art. 370 inc. 6) del CPP, resulta similar al contenido en el primer Auto de Vista, que respecto al presente cuestionamiento, fue declarado infundado, consiguientemente, la recurrente no puede pretender una nueva revisión sobre aspectos que ya fueron analizados y resueltos por este Tribunal Supremo de Justicia.
Por los argumentos expuestos, se concluye que la denuncia formulada no resulta contradictorio al Auto Supremo invocado; en cuyo mérito, el presente recurso corresponde declararlo infundado