Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0183/2019
Fecha: 27-Feb-2019
Distrito: Cochabamba
Distrito: Cochabamba
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Partes: Tomasa Alanes Gutiérrez c/Andrea Espinoza Claure
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Proceso: Devolución de dineros y cumplimiento de obligación
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Distrito: Cochabamba
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ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Bajo esos antecedentes, y tramitada la causa, el Juez Público Civil y Comercial Nº 24
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En virtud a dichos fundamentos, el Tribunal de Alzada CONFIRMA totalmente el Auto apelado y
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En ese entendido, solicita se case el Auto de Vista recurrido
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De la respuesta a los recursos de casación
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Ignacio Carlos Saravia Rivera en representación legal de Tomasa Alanes Gutiérrez de Saravia, contesta al
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- Si bien el recurrente acusá la vulneración al debido proceso, sin embargo no explicaría,
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- Con relación al hecho de que la carta notariada no constituiría un acto judicial
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- Finalmente refiere que los fundamentos del Auto de Vista respecto a la apelación serían
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Por lo expuesto solicita se confirme la Sentencia y el Auto de Vista
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En razón a dichos antecedentes diremos que
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III.1.- Del régimen de nulidades procesales
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Dicho entendimiento también se encuentra plasmado en los arts
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En ese contexto, la jurisprudencia constitucional ha establecido a través de la SCP Nº 0140/2012
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Así también la jurisprudencia de este Tribunal Supremo de Justicia ha orientado en el Auto
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III.2.- De los principios que rigen las nulidades procesales
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Precisamente por los fundamentos expuestos precedentemente, en razón al caso de autos, corresponde a continuación
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Principio de Convalidación, partiremos señalando que convalidar significa confirmar, revalidar; en esa lógica, cuando se
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Principio de preclusión, concordante con el principio de convalidación tenemos al principio de preclusión también
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De dichos principios y concordante con lo desarrollado en el anterior numeral, se deduce que
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Por lo expuesto, concluiremos señalando que no corresponden los rigorismos que tiendan a producir nulidades
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III.3. De la interrupción a la prescripción
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La prescripción es la institución que estudia el efecto que tiene el transcurso del tiempo
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En ese entendido, el art
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En ese contexto, el autor Carlos Morales Guillén en su obra CÓDIGO CIVIL CONCORDADO Y
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De esta manera, la prescripción para surtir el efecto extintivo del derecho no solo debe
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CONSIDERANDO IV
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Expuestos como están los fundamentos que han de sustentar la presente resolución, corresponde a continuación
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Bajo esos parámetros corresponde realizar las siguientes consideraciones
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- Citada la demandada, ahora recurrente, por memorial que cursa de fs
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- Una vez que se corrió traslado con las citadas excepciones, la demandante por memorial
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- Ahora bien, si bien la referida documental –carta notariada- fue presentada en fotocopia simple;
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-Posteriormente se observa que por memorial de fs
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- Acto seguido, cursa en obrados el acta de audiencia preliminar (fs
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En ese entendido, y toda vez que un acto procesal sólo es susceptible de nulidad
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Con la finalidad de dar una respuesta debidamente motivada, resulta necesario remitirnos a lo establecido
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Bajo esos parámetros, la Carta Notariada de fecha 16 de julio de 2011, cuya copia
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Por las razones expuestas, al haber sido desvirtuados los reclamos acusados en el recurso de
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Se regula los honorarios del abogado profesional de la parte actora en la suma de
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizu
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